Definición de Usufructo

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El usufructo se define como aquel derecho por el cual se da a su titular la posibilidad de uso y disfrute sobre una cosa ajena de la que no es propietario.

Una de sus aplicaciones más comunes suele ser en herencias y testamentos, estableciendo el derecho de usufructo en favor de alguno de los herederos o beneficiarios del testamento (habitualmente el cónyuge o los hijos) como una parte más de los bienes a recibir.

Orígenes del usufructo

Resulta muy difícil establecer una fecha precisa a la aparición del usufructo, pero lo cierto es que esta figura ya se encuentra presente en diversos documentos relativos al derecho romano. Concretamente en un texto del siglo II a.C. atribuido a Marcelo que recoge una discusión entre dos juristas llamados Junio Bruto y Mucio Scévola sobre si el hijo nacido de una esclava dada en usufructo también debería pasar a ser propiedad del usufructuario o no. Lo que más llama la atención de esta primera referencia histórica es que los juristas parecen plenamente acostumbrados a la figura del usufructo por lo que es lógico pensar que su nacimiento se remonta como poco hasta inicios del siglo II a.C., cuando no más atrás aún.

En otro texto diferente, Cicerón plantea el origen del usufructo como una solución jurídica a un problema tan habitual como el del marido que quiere asegurar el confort económico de su viuda cuando él falte. Así, el usufructo servía para legar a la viuda los bienes del marido, los cuales pasarían a ser posesión de los hijos sólo cuando la madre muriese. Este sencillo mecanismo, siempre según Cicerón, se hizo rápidamente conocido y comenzó a emplearse de forma habitual, pasando poco después a aplicarse de forma generalizada en todos los ámbitos del derecho.

Obligaciones del usufructuario

Como todos los derechos, el usufructo también acarrea unas obligaciones. De este modo, el usufructo no es plenamente libre, sino que exige del usufructuario ciertos deberes como la obligación de inventariar y tasar los bienes recibidos, así como de dar su garantía personal ante su posible pérdida o deterioro.

Además, con respecto a los bienes, deberá cuidarlos y darles uso normal, abonar los gastos derivados de su conservación, pagar las cargas e impuestos que los graven y finalmente, deberá comunicar al propietario la necesidad de hacer reparaciones que éste deba asumir.

En caso de no cumplir con estas obligaciones, el usufructuario podría verse privado del disfrute de los bienes.


Escrito por Juan Carlos García para la Edición #32 de Enciclopedia Asigna, en 11/2015.